Sucesos / Mallorca / Proponen para sanción administrativa contra la Ley de Seguridad Privada en Palma
La Policía Nacional propone para sanción a un local de ocio conocido en la Playa de Palma y a una empresa de servicios de otro local
El local tenían personal contratado sin la habilitación específica para realizar las labores de vigilancia.
Además se ha propuesto para sanción a 15 trabajadores.
También se propone para sanción a una empresa de servicios que llevaba el control de acceso de otro local en Playa de Palma.
![[Img #60217]](https://mallorcactual.com/upload/images/12_2023/1154_2120547_670.jpg)
Agentes de la Policía Nacional en Palma, han propuesto para sanción en virtud de la ley de Seguridad Privada, a un local conocido en la Playa de Palma, así como a un director de seguridad, un vigilante de seguridad y a 15 trabajadores de una empresa que llevaba el acceso de otro local, por actividades relacionadas con la seguridad privada sin las autorizaciones correspondientes.
Un local y una empresa de servicios que trabajaba para uno de ellos, han sido propuestas para una sanción de entre 20.000 € a 600.000 €, mientras que los individuos que realizaron funciones propias de vigilantes de seguridad sin la habilitación requerida, se pueden enfrentar a sanciones de entre 6.000 € y 30.000 €, al igual que la persona que hacia funciones de director de seguridad sin la habilitación específica para ello.
Durante la investigación, se determinó que la empresa de control de acceso investigada, ofrecía servicios auxiliares y controladores de acceso cuando realmente hacían funciones de vigilancia y protección.
La Ley de Seguridad Privada dispone que es sancionable: en relación a la empresa investigada que trabajaba para un local, que la prestación de servicios de seguridad privada a terceros sin autorización es una infracción muy grave. De igual manera, el otro local pueden haber incurrido en una infracción muy grave de la citada ley por la contratación directa de personas para la realización de funciones específicas de seguridad privada sin autorización específica, que también es una infracción muy grave; y los trabajadores (tanto controladores como auxiliares del local) incurren en otra infracción muy grave por realizar funciones de seguridad privada sin la habilitación necesaria.
Durante la investigación de uno de los locales, se pudo averiguar como un vigilante de seguridad golpeó en varias ocasiones a un cliente, por lo que se le propone para sanción muy grave de la citada ley donde recoge textualmente que será sancionable dicha acción “cuando la realización, orden o tolerancia, en el ejercicio de su actuación profesional, de prácticas abusivas, arbitrarias o discriminatorias, incluido el acoso, que entrañen violencia física o moral, cuando no constituyan delito”.
La Unidad Territorial de Seguridad Privada en Illes Balears estará vigilante en el inicio de la temporada turística de 2024, en todos los locales de ocio de las Islas Baleares para que no se repitan dichas acciones, y en el supuesto que fueran detectadas propondrá inmediatamente para sanción.
Además se ha propuesto para sanción a 15 trabajadores.
También se propone para sanción a una empresa de servicios que llevaba el control de acceso de otro local en Playa de Palma.
Agentes de la Policía Nacional en Palma, han propuesto para sanción en virtud de la ley de Seguridad Privada, a un local conocido en la Playa de Palma, así como a un director de seguridad, un vigilante de seguridad y a 15 trabajadores de una empresa que llevaba el acceso de otro local, por actividades relacionadas con la seguridad privada sin las autorizaciones correspondientes.
Un local y una empresa de servicios que trabajaba para uno de ellos, han sido propuestas para una sanción de entre 20.000 € a 600.000 €, mientras que los individuos que realizaron funciones propias de vigilantes de seguridad sin la habilitación requerida, se pueden enfrentar a sanciones de entre 6.000 € y 30.000 €, al igual que la persona que hacia funciones de director de seguridad sin la habilitación específica para ello.
Durante la investigación, se determinó que la empresa de control de acceso investigada, ofrecía servicios auxiliares y controladores de acceso cuando realmente hacían funciones de vigilancia y protección.
La Ley de Seguridad Privada dispone que es sancionable: en relación a la empresa investigada que trabajaba para un local, que la prestación de servicios de seguridad privada a terceros sin autorización es una infracción muy grave. De igual manera, el otro local pueden haber incurrido en una infracción muy grave de la citada ley por la contratación directa de personas para la realización de funciones específicas de seguridad privada sin autorización específica, que también es una infracción muy grave; y los trabajadores (tanto controladores como auxiliares del local) incurren en otra infracción muy grave por realizar funciones de seguridad privada sin la habilitación necesaria.
Durante la investigación de uno de los locales, se pudo averiguar como un vigilante de seguridad golpeó en varias ocasiones a un cliente, por lo que se le propone para sanción muy grave de la citada ley donde recoge textualmente que será sancionable dicha acción “cuando la realización, orden o tolerancia, en el ejercicio de su actuación profesional, de prácticas abusivas, arbitrarias o discriminatorias, incluido el acoso, que entrañen violencia física o moral, cuando no constituyan delito”.
La Unidad Territorial de Seguridad Privada en Illes Balears estará vigilante en el inicio de la temporada turística de 2024, en todos los locales de ocio de las Islas Baleares para que no se repitan dichas acciones, y en el supuesto que fueran detectadas propondrá inmediatamente para sanción.
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